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Nueva Ley General de Arbitraje Peruana – Ley N° 26572. Jurisprudencia Argentina N° 5998, Buenos Aires, 1996
Estudiamos el futuro, tratando de predecir las consecuencias de tal o cual oración, preocupados por enmarcarla en tal o cual artículo del Código, jurisprudencia o dictamen, pero totalmente despreocupados en la calidad de la comunicación.
Arbitraje Nacional, Internacional y Extranjero en la Ley General de Arbitraje. Actualidad Jurídica, Gaceta Jurídica, T. 117, Lima, 2003, pp. 15-29
La Ley N° 26572 - Ley General de Arbitraje (en adelante simplemente LGA), publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de enero de 1996 y en vigencia desde el día siguiente a su publicación, distingue hacia su interior entre arbitraje nacional (sección Primera, artículos 1 al 87), arbitraje internacional (Sección Segunda, artículos 127 al 131).
Los Tratados Bilaterales de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones y el Acceso al Arbitraje. Revista de Economía y Derecho, Vol. 1, No. 2, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), Lima, 2004, pp. 29-50
El Perú ha suscrito 29 Tratados Bilaterales de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (BIT). A base de estos tratados se han iniciado hasta el momento tres procesos arbitrales ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Este artículo explora el contenido de los BIT y su relación con el arbitraje en materia de inversiones.
Consecuencias de la anulación de un laudo arbitral. Actualidad Jurídica, Gaceta Jurídica, T. 128, Lima, 2004, pp. 9-16
En el pasado, bajo el imperio del régimen de la cláusula compromisoria - compromiso arbitral, cuando un laudo arbitral era anulado por el Poder Judicial, el efecto era el de restituir la competencia de los jueces, salvo que las partes acordaran someterse nuevamente al arbitraje.
Una condición para el éxito: El reconocimiento de medidas cautelares emitidas por tribunales arbitrales extranjeros en Latinoamérica (co-autoría con Nicolás Servan). Spain Arbitration Review –Revista de la Corte de Arbitraje, N° 41, Club Español del Arbitraje, Madrid, 2021, pp. 21-34
Una de las herramientas más útiles, a efectos de garantizar la futura eficacia de un laudo, son las medidas cautelares. A la fecha, la inmensa mayoría de legislaciones arbitrales reconocen que los árbitros son competentes para dictar medidas cautelares.
La naturaleza jurídica del Arbitraje según el Tribunal Constitucional peruano: riesgos en el camino (co-autoría con José Luis Repetto). Forseti, Revista de Derecho (Edición Impresa), Lima, 2016, pp. 74-86
En el presente artículo, los autores analizan las diferentes teorías acerca de la naturaleza jurídica del arbitraje y en particular, la postura asumida por el tribunal Constitucional peruano que, según los autores, coloca al arbitraje en una situación peligrosa.
Descripción General del marco normativo aplicable al Arbitraje en el Perú: Ley de Arbitraje de 2008 y legislación aplicable al estado peruano. Revista Lima Arbitration, 2011
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL MARCO NORMATIVO APLICABLE AL ARBITRAJE EN EL PERÚ: LEY DE ARBITRAJE DE 2008 Y LEGISLACIÓN APLICABLE AL ESTADO PERUANO
El Perú cuenta desde el 1 de setiembre de 2008 con un nuevo marco normativo aplicable a la práctica del arbitraje. Se trata del Decreto Legislativo No. 1071 -Ley de Arbitraje- (en adelante simplemente LA), que reemplaza a una anterior que fuera promulgada mediante Ley No. 26572 que rigió desde 1996.
La nueva LA introduce significativas mejoras, razón por la cual resulta indispensable que los potenciales usuarios (comerciantes, empresarios, abogados y jueces) sepan aplicarla correctamente.1
Regulación del arbitraje internacional en la nueva Ley de Arbitraje. Comentario al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1071. Gaceta Jurídica, Actualidad Jurídica, T. 191, Lima, 2009, pp. 79-82
Ley Modelo de Uncitral, con un solo marco legal, aunque con algunas pocas disposiciones especiales aplicables al arbitraje internacional.